Law Office of George H. Ramos, Jr.
Law Office of George H. Ramos, Jr.
  • Inicio
  • Sobre
    • Sobre Nosotros
    • Conozca al equipo
      • George H. Ramos, Jr.
      • Denise Juárez
      • Jordyn Ramos
  • Áreas de Práctica
    • Crímenes de Droga
    • Ordenes de Restricción
    • Expungement
    • Dependencia Juvenil
    • Violencia Doméstica
    • Ver todo+
  • Testimonios
  • Contáctenos
  • In English
Solicite una consulta gratuita
Teléfono (619) 231-1830

PERSPECTIVA ÚNICAConsulta inicial gratuitaSERVICIO DEDICADO

Ex fiscal.
Ahora defendiéndolo a usted.

Clic Para Una Consulta Gratuita

Abogado de Sellado de Registros en San Diego

Cualquier persona con antecedentes penales en California que desea eliminarlos por completo debe solicitar el proceso de sellado en el sistema judicial de California. El sellado solo es posible bajo ciertas condiciones para ciertos tipos de delitos, como cuando una persona tiene antecedentes de un arresto que no dio lugar a ninguna acusación formal.

Para obtener más información sobre el sellado y la eliminación de registros en el sur de California, comuníquese hoy mismo con el experto abogado especializado en sellado de registros de San Diego del bufete de abogados George H. Ramos, Jr.

Sellado de Registros de Arresto Según el Código Penal § 851.91

El Código Penal de California, artículo 851.91, promulgado mediante el Proyecto de Ley Senatorial 393, permite a las personas solicitar al tribunal que se sellen los registros de arresto cuando este no haya resultado en una condena. Se considera que un arresto no ha resultado en una condena si:

  • El plazo de prescripción ha expirado sin que se hayan presentado cargos;
  • Se presentaron cargos, pero luego fueron desestimados;
  • El individuo fue absuelto; o
  • Una condena fue anulada o revocada en apelación y no puede volver a presentarse.

En la mayoría de los arrestos elegibles, el sellado se concede como un derecho, sin necesidad de demostrar la inocencia. Sin embargo, supongamos que el arresto se relaciona con ciertos delitos graves (como violencia doméstica, maltrato infantil o maltrato a personas mayores). En ese caso, el tribunal podría exigir prueba de que el sellado sirve a los intereses de la justicia, considerando factores como las dificultades económicas y la buena conducta.

Si se concede, el tribunal emitirá una orden para sellar el registro del arresto, que entonces se considera que no ocurrió, eliminándolo de la mayoría de las verificaciones de antecedentes penales, con excepciones limitadas.

Estándar Más alto Según el Código Penal § 851.8

El Código Penal de California, artículo 851.8, ofrece un proceso alternativo, aunque más engorroso, para sellar y destruir los registros de arresto. Esta vía es adecuada en caso de condena, pero requiere prueba de inocencia, es decir, que se demuestre que no hay causa razonable para creer que se cometió el delito. En resumen, el artículo 851.8 es un método para sellar registros y puede utilizarse cuando el artículo 851.91 no aplica.

Según el § 851.8, el peticionario tiene la carga inicial de presentar pruebas de inocencia. Si prospera, la carga recae en la parte contraria, quien deberá demostrar causa razonable para el arresto. Una petición de sellado y eliminación exitosa significa que el registro del arresto desaparece del registro público. Todos los documentos y pruebas relacionados con el arresto pueden ser destruidos y eliminados del registro público. Ya no aparecerán en las verificaciones de antecedentes. En esencia, una eliminación exitosa significa que, a juicio del tribunal, el arresto nunca ocurrió.

Excepciones y limitaciones

Tanto el § 851.91 como el § 851.8 tienen excepciones. Podría no ser elegible si

  • Aún pueden acusarle del delito;
  • El arresto involucró asesinato u otro delito sin plazo de prescripción (a menos que sea absuelto o se le declare inocente en los hechos);
  • Usted evadió la aplicación de la ley mediante fraude de identidad;
  • Tiene una acción civil pendiente contra la policía relacionada con el arresto (según el § 851.8).

Las nuevas leyes sobre el sellado automático de arrestos y la desestimación de condenas establecen explícitamente que la exención otorgada no altera la capacidad de una persona para poseer un arma de fuego si el arresto o la condena original impuso restricciones a ese derecho. Sin embargo, puede haber otras opciones disponibles para ayudarle a recuperar su derecho a poseer armas de fuego.

Intención Legislativa

La ley § 851.91 de California busca aliviar los efectos a largo plazo de los arrestos que no resultaron en condenas. Al eliminar el requisito de demostrar la inocencia en la mayoría de los casos, esta ley facilita el acceso a la ayuda. También ayuda a las personas a rehabilitarse y reintegrarse a la sociedad.

Si necesita orientación sobre qué proceso se aplica a su caso o ayuda para preparar una petición, comuníquese con el bufete de abogados de George H. Ramos, Jr. Nuestro abogado de sellado de registros de San Diego puede ayudarlo a comprender los requisitos y mejorar sus posibilidades de éxito.

Contáctenos
Hoy

Requerido *
This field is for validation purposes and should be left unchanged.

Áreas de Práctica

  • Abuso Infantil
  • Crímenes de Cuello Blanco
  • Crímenes de Droga
  • Crímenes Sexuales
  • Crímenes de Robo
  • Dependencia Juvenil
  • DUI
  • Expungement
  • Juvenil
  • Orden de Arresto
  • Ordenes de Restricción
  • Proposición 47 Reclasificación
  • Sellado de Registros
  • Violencia Doméstica

Contáctenos Hoy

Requerido *
This field is for validation purposes and should be left unchanged.
This field is for validation purposes and should be left unchanged.

Law Office of George H. Ramos, Jr.
Oficina
427 C Street #306
San Diego, CA 92101

Obtener Direcciones

Teléfono (619) 231-1830
Llamada Gratuita (877) 445-5505
Facsímil (619) 231-1834

© 2025 by Law Office of George H. Ramos, Jr.

Todos los derechos reservados.